En una reunión entre Inade y la Autoridad Gallega de Protección al Informante, se discutieron cuestiones clave relacionadas con las obligaciones de los operadores del sector asegurador en materia de implementación de sistemas internos. Esto incluye tanto canales de denuncia como mecanismos para proteger a quienes reportan infracciones normativas o actos de corrupción. Se destacaron aspectos específicos como la obligatoriedad de contar con procedimientos adecuados desde febrero de 2020, garantizando confidencialidad y protección frente a represalias.
Además, se analizaron las diferencias entre canales de denuncia y sistemas internos de información (SII), así como la interpretación de las directivas europeas que afectan a agentes y colaboradores externos. También se debatió sobre la posibilidad de compartir sistemas dentro de grupos empresariales y las políticas uniformes adoptadas por distintas autoridades autonómicas.
Desde 2018, los corredores de seguros están obligados a establecer canales de denuncia para informar sobre incumplimientos en prevención del blanqueo de capitales. Estos canales deben ser independientes y garantizar la confidencialidad de las partes involucradas, además de proteger a quienes denuncian frente a represalias. En 2020, esta obligación se extendió a todos los distribuidores de seguros.
El objetivo principal de estos canales es proporcionar un mecanismo seguro y accesible para que empleados, directivos y colaboradores puedan comunicar infracciones relevantes. Estos sistemas deben cumplir con requisitos estrictos que aseguren su eficacia, incluyendo la capacidad de recibir denuncias de manera anónima si fuera necesario. Además, las empresas deben promover activamente el uso de estos canales mediante su difusión interna y capacitación continua del personal.
Con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, todas las entidades mediadoras de seguros personas jurídicas deben implementar un Sistema Interno de Información (SII). Este sistema permite que diversas partes interesadas comuniquen infracciones normativas dentro de la organización, manteniendo la confidencialidad de los informantes y otros implicados.
Los SII deben integrar diversos canales de comunicación y designar un responsable específico para gestionarlos. Según las interpretaciones de las directivas europeas, tanto agentes como colaboradores externos tienen la obligación de contar con estos sistemas, independientemente del número de trabajadores. Asimismo, aunque algunos grupos empresariales pueden optar por compartir una herramienta común, cada sociedad debe mantener su propio sistema. Las autoridades autonómicas han coordinado criterios uniformes para facilitar la implementación efectiva de estas normativas, aunque existen variaciones regionales en cuanto a la estructura y dependencia de las autoridades responsables.