SCJN avala a INAI: se revelará información negada por motivos de seguridad nacional

Jul 3, 2024 at 6:14 PM
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación Ordena la Divulgación de Información sobre el Aeropuerto de Tulum

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que instruyen a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a difundir información pública sobre el trámite de cambio de uso de suelo forestal para la construcción del aeropuerto Felipe Carrillo Puerto y de la Base Aérea Militar anexa en Tulum, Quintana Roo.

Transparencia y Rendición de Cuentas en Proyectos de Infraestructura Estratégica

Resoluciones del INAI y Recursos de Revisión de la Presidencia

La SCJN tomó la decisión de confirmar las resoluciones del INAI con el voto a favor de 7 de los ministros del pleno del máximo tribunal constitucional. Esto se dio en respuesta a los recursos de revisión presentados por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República en contra de las resoluciones del INAI a los expedientes RRA 8809/23 y RRA 9855/23 sobre acceso a la información pública.

Reserva de Información por Supuestos Motivos de Seguridad Nacional

La Semarnat había reservado la información solicitada por supuestos motivos de seguridad nacional. Sin embargo, al analizar los expedientes, el INAI determinó que se debía entregar una versión pública de la información solicitada, protegiendo únicamente las características técnicas y específicas de las instalaciones del aeropuerto en Tulum.

Decisión de la Suprema Corte

La Suprema Corte resolvió que la Consejería Jurídica de la Presidencia no justificó ni demostró que la información que el INAI instruyó entregar deba permanecer reservada por razones de seguridad nacional. La Corte sustentó su decisión en un precedente de la propia Corte, en el que se consideró que no es procedente reservar información a través de un decreto que la clasifique de manera anticipada y general.

Alcance del Recurso de Revisión en Materia de Seguridad Nacional

Además, la Corte destacó que el recurso de revisión en materia de seguridad nacional no es un medio de defensa de la legalidad de todas las cuestiones resueltas por el INAI, sino que sólo procede para analizar las determinaciones que instruyan la divulgación de cierta información que, a juicio de los sujetos obligados, pueda poner en peligro la seguridad nacional. En el caso concreto, la Corte consideró que esta circunstancia no se acreditaba.